Para que una empresa pueda hacer la oferta pública
de sus pagarés en territorio nacional, es requisito
la autorización e inscripción de la emisión
y del emisor en el Registro del Mercado de Pagarés
(RMV) dependiente de la ASFI. Para obtener la autorización
de Oferta Pública, la empresa emisora debe cumplir
con la presentación de la documentación
e información detallados en los Requisitos para
la inscripción en el RMV.
Adicionalmente, el emisor deberá solicitar
a la BBV el registro de la emisión de sus pagarés
para su cotización en el mercado bursátil.
El trámite de registro e inscripción
en el RMV dependiente de la ASFI puede efectuarse simultáneamente
con la inscripción de los Pagarés en
la BBV
Para realizar ambos trámites la empresa deberá proporcionar
la información de tipo legal, administrativa
financiera, comercial, el informe de la calificación
de riesgo, el prospecto de emisión y otra requerida
en las normas o reglamentos emitidos por dichas instituciones.
Tanto la ASFI como la BBV, después de recibir
la solicitud de inscripción, proceden a verificar
que toda la información solicitada esté completa
y cumpla todos los requisitos.
En caso de que existan observaciones, el agente de
bolsa o Estructurador PyME encargado de la inscripción
y el emisor solicitante se reúnen para que éste
realice las aclaraciones respectivas o las correcciones
correspondientes al prospecto de emisión.
En esta etapa la ASFI inscribe al emisor y la emisión
en el RMV y autoriza la oferta pública. A su
vez, la BBV, cuando el emisor ha cumplido con la presentación
de todos los requisitos, (entre los que se encuentra
la Resolución Administrativa de la ASFI autorizando
la Oferta Pública) autoriza la inscripción
de la emisión para su cotización en la
BBV.