Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Plataforma PyMEs
 
Requisitos

Podrán participar en Mesa de Negociación aquellas empresas que:

  1. Cumplan con la definición de Pequeña y/ó Mediana Empresa (PyME) resultante de la aplicación de la “Metodología de Estratificación Empresarial PyME para el Mercado de Valores” que se encuentra como Anexo del Reglamento de la BBV.
  2. Cumplan con la obligación financiera, calculado en función al último estado financiero auditado externamente.

En caso de que el emisor pierda la condición de PyME después de su inscripción en este mecanismo, éste no podrá emitir ni registrar nuevos pagarés en la Mesa de Negociación. Esta evaluación se realizará anualmente en función a las fuentes de información establecidas en la Metodología de estratificación empresarial citada. La BBV informará a la Superintendecia de Pensiones, Valores y Seguros la pérdida de la condición PyME del emisor.

Metodología de Estratificación PyME
Aprobación del Margen de Endeudamiento
  • El margen de endeudamiento permitido para el Registro en Mesa de Negociación podrá ser de hasta  cuatro (4) veces el Resultado Operativo más Depreciación y Amortización de la sociedad.
  • El cálculo del Margen de Endeudamiento permitido se realizará en función a los documentos legales y al último estado financiero auditado externamente.
Obligación Financiera

Los emisores de Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación de la BBV se sujetarán a la obligación de mantener en por lo menos en uno coma dos (1,2) veces el coeficiente de su Resultado Operativo más Depreciación y Amortización dividido entre sus Gastos Financieros.

Después del registro de los Pagarés del emisor en Mesa de Negociación, éste indicador de cobertura será calculado en base a la información financiera periódica remitida a la BBV de acuerdo al reglamento de la BBV y  la normativa vigente y será remitido a través de un Formulario establecido por la BBV para tal efecto, el mismo que tendrá carácter de declaración jurada, suscrito por el Representante Legal, Gerente General o principal ejecutivo del Emisor.

En caso de incumplimiento de la obligación financiera, el emisor no podrá emitir ni registrar nuevos pagarés en la Mesa de Negociación de la BBV.

Requisitos para la Autorización e Inscripción en la BBV

Para la autorización del margen de endeudamiento, la certificación PyME y la inscripción de emisiones de Pagarés en Mesa de Negociación, la BBV deberá contar con la siguiente documentación, excepto para el caso de emisores cuyas anteriores emisiones se encuentren vigentes, en cuyo caso se enviará la documentación que corresponda:

  1. Carta dirigida al Comité de Inscripciones de la BBV, suscrita por el Representante Legal, Gerente General o principal ejecutivo de la Agencia de Bolsa o Estructurador de Emisiones de Valores de PyMEs contratado por el Emisor para el efecto, solicitando la inscripción correspondiente.
  2. Carta dirigida al Comité de Inscripciones de la BBV, suscrita por el Representante Legal, Gerente General o principal ejecutivo del Emisor, especificando:
    1. Solicitud de aprobación de margen de endeudamiento debiendo especificar el margen de endeudamiento solicitado.
    2. Solicitud de certificación de que la empresa cumple con la condición de PyME.
    3. Solicitud de inscripción para Negociación y Cotización de Instrumentos Financieros.
    4. Declaración respecto a la veracidad de la información presentada a la BBV. Dicha mención tendrá carácter de declaración jurada.
    5. Declaración de sometimiento al Reglamento de la BBV, a las Disposiciones Normativas del Directorio y a las Circulares, autorizando a la BBV la publicación de la información proporcionada por el Emisor de conformidad a la normativa aplicable. Dicha mención tendrá carácter de declaración jurada.
    6. Declaración mediante la cual se informe los Testimonios de Poder otorgados a los representantes legales del Emisor enviados a la BBV que se encuentran vigentes.
  3. Formulario de presentación de Información para emisores de Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación, establecido por la BBV, para el cálculo del Margen de Endeudamiento, Índice PyME y Obligación Financiera, suscrito por el Representante Legal, Gerente General o principal ejecutivo de la Agencia de Bolsa o Estructurador de Emisiones de Valores de PyMEs contratado por el Emisor para el efecto y por el Representante Legal, Gerente General o principal ejecutivo del Emisor.  Dicho Formulario tendrá carácter de declaración jurada.
  4. Si corresponde, original, copia legalizada por la autoridad que lo emitió o copia sellada por la SPVS del testimonio de la escritura de constitución de la Sociedad y sus modificaciones, inscritos en la entidad legalmente facultada a efectuar el registro de actos de comercio o en la entidad competente, cuando corresponda.
  5. Si corresponde, original, copia legalizada por la autoridad que lo emitió o copia sellada por la SPVS de la última actualización de la matrícula de inscripción en el Registro de Comercio emitida por la entidad legalmente facultada a efectuar el registro de actos de comercio o de la Resolución de reconocimiento de la personería jurídica otorgada por el órgano competente.
  6. Si corresponde, Estados Financieros auditados externamente con sus respectivas notas explicativas de los dos últimos ejercicios aprobados por la Junta de Accionistas u órgano equivalente. Los Estados Financieros correspondientes del último ejercicio anual deberán estar auditados por Empresas de Auditoría Externa autorizadas e inscritas en el Registro del Mercado de Valores y no requerirán la aprobación de la Junta de Accionista u órgano equivalente si correspondieran a una gestión concluida tres meses o menos antes de la solicitud. Se incluirá, asimismo, Estados Financieros con antigüedad no superior a noventa (90) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud. Tratándose de emisores recientemente constituidos, presentarán los Estados Financieros que tuvieran disponibles además de sus Estados Financieros con antigüedad no superior a noventa (90) días calendario a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción auditados por una Empresa de Auditoría Externa autorizada e inscrita en el Registro del Mercado de Valores, con sus respectivas notas explicativas.
  7. Original, copia legalizada por la autoridad que lo emitió o copia sellada por la SPVS del poder otorgado por el Emisor a favor de su o sus representantes legales, debidamente inscritos, cuando corresponda, en la entidad legalmente facultada para efectuar el registro de actos de comercio.
  8. Original, copia legalizada por la autoridad que lo emitió o copia sellada por la SPVS del instrumento legal del órgano competente del Emisor, por la que se resuelva y apruebe el margen de endeudamiento, las características y condiciones de la emisión, la inscripción de los Pagarés en Mesa de Negociación de la BBV y los representantes legales del emisor facultados a suscribir los Pagarés, debidamente inscrito, cuando corresponda, en la entidad legalmente facultada para efectuar el registro de actos de comercio.
  9. Folleto de emisión, cinco ejemplares en medio magnético y dos ejemplares en medio físico, elaborado de acuerdo a la guía aprobada mediante Resolución Normativa de Directorio; dicho documento debe incluir todos los datos, características y condiciones de la emisión, con excepción de los datos referidos a la Resolución Administrativa de la SPVS en la que se autorice la inscripción de los Pagarés emitidos y por emitir en el RMV. 
  10. Ficha de Registro de Firmas de los representante legales del emisor facultados a suscribir los pagares, debidamente llenado.
  11. Según el tipo de representación del Pagaré a ser inscrito se requerirá:
    1. Para Instrumentos Financieros representados mediante anotaciones en cuenta:

    Carta de la Entidad de Depósito de Valores en la que comunique la autorización del registro mediante Anotación en Cuenta de los Pagarés a ser emitidos hasta el margen autorizado.

    1. Para Instrumentos Financieros representados en forma documentaria:

    Modelo del espécimen del Pagaré a ser emitido, que deberá reunir los requisitos establecidos por el Código de Comercio y el Reglamento del RMV con excepción de los datos referidos a la Resolución Administrativa de la SPVS en la que se autorice la inscripción de los Pagarés emitidos y por emitir en el RMV. 

  12. Copias de los contratos de estructuración, colocación y de agente pagador, cuando este último sea un tercero, suscritos por el Emisor.
  13. Copia de los documentos que acrediten los mecanismos de cobertura de la emisión, si los hubiere.
  14. Cualquier otra documentación o información que para este efecto requiera la BBV que se consideren relevantes o que sea exigida por disposiciones legales en vigencia.

El Comité de Inscripciones, previo informe técnico y legal, autorizará por escrito el margen de endeudamiento, la certificación PyME y la cotización de Pagarés en Mesa de Negociación y determinará que la negociación de los Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación de la BBV se realizará una vez que el emisor presente a la BBV los siguientes documentos:

  1. Original o copia legalizada de la Resolución Administrativa de la SPVS en la que se autorice la inscripción de los Pagarés emitidos y por emitir en el RMV.
  2. Folleto de emisión final, un ejemplar en medio magnético y un ejemplar en medio físico, incluyendo únicamente los datos referidos a la Resolución Administrativa de la SPVS en la que se autorice la inscripción de los Pagarés emitidos y por emitir en el RMV.  Este folleto deberá ser actualizado periódicamente en los plazos que señale la correspondiente Resolución Normativa de Directorio.
  3. Para Instrumentos Financieros representados en forma documentaria: Modelo final del espécimen del Pagaré a ser emitido, incluyendo únicamente los datos referidos a la Resolución Administrativa de la SPVS en la que se autorice la inscripción de los Pagarés emitidos y por emitir en el RMV. 
El Gerente General, previa revisión de los documentos antes indicados, comunicará por escrito al emisor que se encuentra debidamente habilitado para negociar sus Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación de la BBV.
Formularios de Presentación de Información para PyMEs

Formulario 1 de presentación de información para nuevos emisores de pagarés en el mecanismo de mesa de negociación

Formulario 2 de presentación de información para emisores vigentes de pagarés en el mecanismo de mesa de negociación.

 
   
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