Podrán participar en Mesa de Negociación
aquellas empresas que:
- Cumplan con la definición de Pequeña y/ó Mediana
Empresa (PyME) resultante de la aplicación de la “Metodología
de Estratificación Empresarial PyME para el Mercado
de Valores” que se encuentra como Anexo del Reglamento
de la BBV.
- Cumplan con la obligación financiera, calculado
en función al último estado financiero auditado
externamente.
En caso de que el emisor pierda la condición de
PyME después de su inscripción en este mecanismo, éste
no podrá emitir ni registrar nuevos pagarés
en la Mesa de Negociación. Esta evaluación
se realizará anualmente en función a las fuentes
de información establecidas en la Metodología
de estratificación empresarial citada. La BBV informará a
la Superintendecia de Pensiones, Valores y Seguros la pérdida
de la condición PyME del emisor.
Metodología de Estratificación PyME |
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Aprobación del Margen de Endeudamiento |
- El margen de endeudamiento permitido para el
Registro en Mesa de Negociación podrá ser
de hasta cuatro (4) veces el Resultado Operativo
más Depreciación y Amortización
de la sociedad.
- El cálculo del Margen de Endeudamiento
permitido se realizará en función
a los documentos legales y al último estado
financiero auditado externamente.
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Obligación Financiera |
Los emisores de Pagarés en el Mecanismo de
Mesa de Negociación de la BBV se sujetarán
a la obligación de mantener en por lo menos
en uno coma dos (1,2) veces el coeficiente de su Resultado
Operativo más Depreciación y Amortización
dividido entre sus Gastos Financieros.
Después del registro de los Pagarés
del emisor en Mesa de Negociación, éste
indicador de cobertura será calculado en base
a la información financiera periódica
remitida a la BBV de acuerdo al reglamento de la BBV
y la normativa vigente y será remitido
a través de un Formulario establecido por la
BBV para tal efecto, el mismo que tendrá carácter
de declaración jurada, suscrito por el Representante
Legal, Gerente General o principal ejecutivo del Emisor.
En caso de incumplimiento de la obligación
financiera, el emisor no podrá emitir ni registrar
nuevos pagarés en la Mesa de Negociación
de la BBV.
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Requisitos para la Autorización e Inscripción en la BBV |
Para la autorización del margen de endeudamiento,
la certificación PyME y la inscripción
de emisiones de Pagarés en Mesa de Negociación,
la BBV deberá contar con la siguiente documentación,
excepto para el caso de emisores cuyas anteriores emisiones
se encuentren vigentes, en cuyo caso se enviará la
documentación que corresponda:
- Carta dirigida al Comité de Inscripciones
de la BBV, suscrita por el Representante Legal, Gerente
General o principal ejecutivo de la Agencia de Bolsa
o Estructurador de Emisiones de Valores de PyMEs
contratado por el Emisor para el efecto, solicitando
la inscripción correspondiente.
- Carta dirigida al Comité de Inscripciones
de la BBV, suscrita por el Representante Legal, Gerente
General o principal ejecutivo del Emisor, especificando:
- Solicitud de aprobación de margen de endeudamiento
debiendo especificar el margen de endeudamiento
solicitado.
- Solicitud de certificación de que la empresa
cumple con la condición de PyME.
- Solicitud de inscripción para Negociación
y Cotización de Instrumentos Financieros.
- Declaración respecto a la veracidad de
la información presentada a la BBV. Dicha
mención tendrá carácter de
declaración jurada.
- Declaración de sometimiento al Reglamento
de la BBV, a las Disposiciones Normativas del Directorio
y a las Circulares, autorizando a la BBV la publicación
de la información proporcionada por el Emisor
de conformidad a la normativa aplicable. Dicha
mención tendrá carácter de
declaración jurada.
- Declaración mediante la cual se informe
los Testimonios de Poder otorgados a los representantes
legales del Emisor enviados a la BBV que se encuentran
vigentes.
- Formulario de presentación de Información
para emisores de Pagarés en el Mecanismo de
Mesa de Negociación, establecido por la BBV,
para el cálculo del Margen de Endeudamiento, Índice
PyME y Obligación Financiera, suscrito por
el Representante Legal, Gerente General o principal
ejecutivo de la Agencia de Bolsa o Estructurador
de Emisiones de Valores de PyMEs contratado por el
Emisor para el efecto y por el Representante Legal,
Gerente General o principal ejecutivo del Emisor. Dicho
Formulario tendrá carácter de declaración
jurada.
- Si corresponde, original, copia legalizada por
la autoridad que lo emitió o copia sellada
por la SPVS del testimonio de la escritura de constitución
de la Sociedad y sus modificaciones, inscritos en
la entidad legalmente facultada a efectuar el registro
de actos de comercio o en la entidad competente,
cuando corresponda.
- Si corresponde, original, copia legalizada por
la autoridad que lo emitió o copia sellada
por la SPVS de la última actualización
de la matrícula de inscripción en el
Registro de Comercio emitida por la entidad legalmente
facultada a efectuar el registro de actos de comercio
o de la Resolución de reconocimiento de la
personería jurídica otorgada por el órgano
competente.
- Si corresponde, Estados Financieros auditados externamente
con sus respectivas notas explicativas de los dos últimos
ejercicios aprobados por la Junta de Accionistas
u órgano equivalente. Los Estados Financieros
correspondientes del último ejercicio anual
deberán estar auditados por Empresas de Auditoría
Externa autorizadas e inscritas en el Registro del
Mercado de Valores y no requerirán la aprobación
de la Junta de Accionista u órgano equivalente
si correspondieran a una gestión concluida
tres meses o menos antes de la solicitud. Se incluirá,
asimismo, Estados Financieros con antigüedad
no superior a noventa (90) días calendario
a la fecha de presentación de la solicitud.
Tratándose de emisores recientemente constituidos,
presentarán los Estados Financieros que tuvieran
disponibles además de sus Estados Financieros
con antigüedad no superior a noventa (90) días
calendario a la fecha de presentación de la
solicitud de inscripción auditados por una
Empresa de Auditoría Externa autorizada e
inscrita en el Registro del Mercado de Valores, con
sus respectivas notas explicativas.
- Original, copia legalizada por la autoridad que
lo emitió o copia sellada por la SPVS del
poder otorgado por el Emisor a favor de su o sus
representantes legales, debidamente inscritos, cuando
corresponda, en la entidad legalmente facultada para
efectuar el registro de actos de comercio.
- Original, copia legalizada por la autoridad que
lo emitió o copia sellada por la SPVS del
instrumento legal del órgano competente del
Emisor, por la que se resuelva y apruebe el margen
de endeudamiento, las características y condiciones
de la emisión, la inscripción de los
Pagarés en Mesa de Negociación de la
BBV y los representantes legales del emisor facultados
a suscribir los Pagarés, debidamente inscrito,
cuando corresponda, en la entidad legalmente facultada
para efectuar el registro de actos de comercio.
- Folleto de emisión, cinco ejemplares en
medio magnético y dos ejemplares en medio
físico, elaborado de acuerdo a la guía
aprobada mediante Resolución Normativa de
Directorio; dicho documento debe incluir todos los
datos, características y condiciones de la
emisión, con excepción de los datos
referidos a la Resolución Administrativa de
la SPVS en la que se autorice la inscripción
de los Pagarés emitidos y por emitir en el
RMV.
- Ficha de Registro de Firmas de los representante
legales del emisor facultados a suscribir los pagares,
debidamente llenado.
- Según el tipo de representación del
Pagaré a ser inscrito se requerirá:
- Para Instrumentos Financieros representados mediante
anotaciones en cuenta:
Carta de la Entidad de Depósito
de Valores en la que comunique la autorización
del registro mediante Anotación en Cuenta de
los Pagarés a ser emitidos hasta el margen
autorizado.
- Para Instrumentos Financieros representados en
forma documentaria:
Modelo del espécimen del Pagaré a
ser emitido, que deberá reunir los requisitos
establecidos por el Código de Comercio y el
Reglamento del RMV con excepción de los datos
referidos a la Resolución Administrativa de
la SPVS en la que se autorice la inscripción
de los Pagarés emitidos y por emitir en
el RMV.
- Copias de los contratos de estructuración,
colocación y de agente pagador, cuando este último
sea un tercero, suscritos por el Emisor.
- Copia de los documentos que acrediten los mecanismos
de cobertura de la emisión, si los hubiere.
- Cualquier otra documentación o información
que para este efecto requiera la BBV que se consideren
relevantes o que sea exigida por disposiciones legales
en vigencia.
El Comité de Inscripciones, previo informe
técnico y legal, autorizará por escrito
el margen de endeudamiento, la certificación
PyME y la cotización de Pagarés en Mesa
de Negociación y determinará que la negociación
de los Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación
de la BBV se realizará una vez que el emisor
presente a la BBV los siguientes documentos:
- Original o copia legalizada de la Resolución
Administrativa de la SPVS en la que se autorice la
inscripción de los Pagarés emitidos
y por emitir en el RMV.
- Folleto de emisión final, un ejemplar en
medio magnético y un ejemplar en medio físico,
incluyendo únicamente los datos referidos
a la Resolución Administrativa de la SPVS
en la que se autorice la inscripción de los
Pagarés emitidos y por emitir en el RMV. Este
folleto deberá ser actualizado periódicamente
en los plazos que señale la correspondiente
Resolución Normativa de Directorio.
- Para Instrumentos Financieros representados en
forma documentaria: Modelo final del espécimen
del Pagaré a ser emitido, incluyendo únicamente
los datos referidos a la Resolución Administrativa
de la SPVS en la que se autorice la inscripción
de los Pagarés emitidos y por emitir en el
RMV.
El Gerente General, previa revisión de los documentos
antes indicados, comunicará por escrito al emisor
que se encuentra debidamente habilitado para negociar
sus Pagarés en el Mecanismo de Mesa de Negociación
de la BBV. |
Formularios de Presentación de Información para PyMEs |
Formulario
1 de presentación de información para
nuevos emisores de pagarés en el mecanismo de
mesa de negociación
Formulario
2 de presentación de información para
emisores vigentes de pagarés en el mecanismo
de mesa de negociación.
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