Educación Bursátil
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Los instrumentos financieros, desde la lógica de los inversionistas, se pueden clasificar en los siguientes rubros:
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Instrumentos de Renta Variable, son aquellos donde la magnitud de la rentabilidad esperada no es segura ni fija desde un inicio y será, en todo caso, de acuerdo a los resultados de la actividad a la cual sea destinada la inversión.
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De renta fija o determinable, esta clase de instrumentos de inversión la rentabilidad está previamente fijada o es determinable desde un inicio, a las que se les conoce como inversiones de renta fija, consistiendo en este caso el riesgo sólo en la seguridad de su pago.
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Instrumentos mixtos, es la combinación de los dos anteriores, es decir, que la inversión no hace al inversionista partícipe del negocio, pero le ofrece utilidades similares a los que obtienen quienes realizan inversiones de participación y riesgo.
Se suelen clasificar del siguiente modo:
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Valores de participación: Representan una alícuota parte de un patrimonio específico. Por ejemplo las acciones del capital social de una sociedad anónima otorgan al tenedor de los mismos participación alícuota.
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Valores de contenido crediticio: Son valores que representan una obligación para el emisor o una alícuota parte de un crédito colectivo asumido por éste. Por ejemplo los bonos.
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Valores representativos de mercaderías: Son valores que le otorgan al tenedor de los mismos el derecho de propiedad de determinados bienes o mercaderías que se encuentran en depósito. Ejemplo: los Certificados de Depósito.
Según su forma de expedición se clasifican en:
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Nominativos.- Los valores emitidos a la orden de una determinada persona y para los cuales se exija la inscripción de todos los tenedores en el registro que llevará la sociedad emisora, se denominan nominativos. La transmisión debe hacerse mediante endoso y debe estar debidamente registrada en el libro de tenedores que lleva la sociedad emisora.
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A la orden.- Se entiende a los valores emitidos a favor de determinada persona en los cuales se expresa "a la orden". La transmisión de estos Valores debe hacerse mediante endoso sin registro de la operación por parte del emisor.
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Portador.- Son títulos al portador los que no están emitidos a favor de determinadas personas, contengan o no la expresión al portador. La simple exhibición del valor otorga a su tenedor los derechos consignados en el mismo. Su transmisión se efectúa por la simple tradición.
Se entiende por Valor:1. Los Títulos - Valores normados por el Código de Comercio: Valor es el documento necesario para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo consignado en el mismo. Pueden ser de contenido crediticio, de participación o representativo de mercaderías.
2. Aquellos instrumentos de transacción en el mercado de valores, que cumplan con las siguientes condiciones:
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Que sean creados y emitidos de conformidad a reglamento específico.
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Que identifiquen al beneficiario de los recursos obtenidos por la emisión.
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Que su oferta pública sea autorizada por el Intendente de Valores.
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Que representen la existencia de una obligación efectiva asumida por el emisor.
Los valores tienen fuerza ejecutiva y son libremente transferibles de acuerdo a lo establecido en la Ley y es nula toda limitación a su circulación.
Es el valor que representa una de las fracciones iguales en que se divide el capital social de una sociedad anónima. Sirve para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio propietario y su importe manifiesta el límite de la obligación que contrae el tenedor de la acción ante terceros y ante la empresa.
Existen dos clases de acciones:a) Acciones ordinarias.- Confieren necesariamente derecho de voto por acción de acuerdo a la legislación boliviana tanto en las asambleas ordinarias como extraordinarias. b) Acciones preferidas.- Pagan a su poseedor un determinado interés fijo, siempre y cuando la empresa obtenga utilidades. En cuanto al pago de dividendos las acciones preferidas tienen primacía sobre las acciones ordinarias. El tenedor de una acción preferente no tiene derecho a voto en las asambleas ordinarias de accionistas sólo a voz.
El precio o valor nominal de una acción es el valor contable y aparece impreso en el título físico al momento de la emisión.
Es el valor resultante de dividir el patrimonio entre el número de acciones existentes.
El valor que los inversionistas están dispuestos a pagar por ella. En otras palabras está determinado por la oferta y la demanda.
Son certificados que representan la propiedad de acciones emitidas por una compañía extranjera en un país y que es negociable en las bolsas del país en donde se emite.
Los bonos son valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo, de corto o largo plazo, constituido a cargo de la sociedad o entidad emisora. Pueden tener rendimiento fijo o variable, según lo determine el emisor.
Son aquellos bonos que al vencimiento, en lugar de pagar el capital al inversionista, le otorgan el derecho de propiedad sobre acciones de la empresa emisora. Pueden haber bonos obligatoriamente convertibles en acciones, así como bonos opcionalmente convertibles en acciones.
Los "bonistas" están subordinados en la prelación de acreedor de la empresa bancaria emisora de estos bonos. Están al final y después de todos los acreedores, pagándoseles con los activos de la empresa liquidada al final y sólo en la medida que hayan recursos para ello.
Son bonos que no son redimibles en su capital, es decir, no tienen fecha de vencimiento; perdurando lo que dure la sociedad emisora. Durante su vigencia sólo generan y pagan los intereses o rendimiento previsto, según la periodicidad prevista.
Son aquellos bonos que se emiten con la finalidad de captar fondos para ser destinados a financiar operaciones de arrendamiento financiero (leasing).
Los papeles comerciales tienen la misma naturaleza que las demás obligaciones, con la única diferencia que se tratan de valores representativos de deuda de plazo no mayor a un año.
Es aquella persona natural o jurídica que actúa como mandatario de los tenedores de una emisión determinada y los representa frente al emisor y/o frente a terceros. Tiene una serie de obligaciones que tienden a preservar los intereses de los tenedores.
Existen dos clases de valores negociables en Bolivia. Según el tipo de rendimiento son valores de renta variable y valores de renta fija.En renta variable los valores que se utilizan son las acciones, en tanto que en renta fija los valores negociables son:
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Bonos,
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Bonos convertibles en acciones
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Depósitos a plazo fijo
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Letras del Tesoro General de la Nación
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Certificados de devolución de depósitos
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Certificados de devolución impositiva
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Pagarés
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Letras de cambio y
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Facturas cambiarias.
Los Depósitos a Plazo Fijo (DPFs) son instrumentos emitidos a distintos plazos por los bancos y otras entidades financieras y certifican el valor de un depósito realizado más la tasa de interés a percibir. Los DPFs generalmente pagan un rendimiento fijo y pueden ser negociables en la Bolsa Boliviana de Valores.
Las Letras del Tesoro General de la Nación (LTs) son valores nominativos de contenido crediticio emitidos a descuento por el T.G.N. y rescatados por la misma institución a su vencimiento, al valor nominal.
Los CDD son valores emitidos a la orden y representan la devolución realizada por el Banco Central de Bolivia de los depósitos a favor de los ahorristas o clientes de entidades financieras que entraron en proceso de liquidación. Estos certificados no devengan intereses.
Los CEDEIM son valores fiscales emitidos por el Servicio Nacional de Impuestos Internos (SNII) y otorgados a los exportadores por concepto de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre un tope máximo del Valor FOB de la exportación y del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC), de acuerdo a un coeficiente determinado por el SNII, sobre la base del monto de la exportación y el tipo de producto.
El Pagaré es un documento de crédito que contiene la promesa incondicional del deudor de pagar un monto establecido en fecha determinada. Al girar un pagaré pueden establecerse intereses. La emisión al portador no está permitida.
La Letra de Cambio es un documento de crédito por el cual un aceptante accede a pagar el monto que el girador establece, al beneficiario de la letra, en una fecha determinada. Este documento no puede ser emitido al portador.
Es un documento de compraventa de mercaderías a plazo, en el cual el comprador acepta el pago en un plazo estipulado por un monto fijo. La mercadería debe ser entregada real y materialmente al comprador para que la factura cambiaria tenga validez.
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Emisores privados: Sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, asociaciones mutuales de ahorro y préstamo y cooperativas.
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Emisores públicos: Banco del Estado, Tesoro General de la Nación, Servicio Nacional de Impuestos Internos, gobiernos municipales.
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Sociedades titularizadoras: son empresas encargadas de administrar patrimonios autónomos, constituidos con activos y bienes presentes o futuros, susceptibles de generar flujos, destinados a garantizar y pagar valores. Son el vehículo para efectuar el proceso de titularización
No, los tipos de valores que se pueden emitir y los emisores para cada uno son:
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Valores de participación: sociedades anónimas, fondos de inversión y titularizadoras.
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Valores de contenido crediticio: sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, mutuales, cooperativa, titularizadoras, TGN, BCB, gobiernos municipales.
El valor que se debe otorgar a un instrumento depende esencialmente de las ganancias que se espera obtener de él durante el periodo que lo va a mantener. Esas ganancias, por supuesto, estarán representadas por intereses, dividendos o por incrementos del precio del instrumento durante ese lapso. Las ganancias que se esperan del instrumento son eventos que ocurrirán en el futuro. Se suele usar una técnica: flujos de caja descontados. Al descontar una cantidad futura y expresarlos en magnitudes de hoy se está calculando el valor presente de la cantidad futura.
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